lunes, 25 de septiembre de 2017

LAS MALAS PRÁCTICAS EMPRESARIALES

ARCA CONTINENTAL-LINDLEY CON LA COCA-COLA

ESCRIBE: JORGE MANCO ZACONETTI

Un problema de la mayor importancia en las negociaciones colectivas entre el capital y el trabajo, está en relación a la medición de la  rentabilidad empresarial y los diversos mecanismos que se emplean para maximizar las ganancias privadas, lo que resulta equivalente a minimizar los pagos de impuestos al fisco y abonar menores salarios a los trabajadores.
De allí, la lógica del capital de imponer las políticas de “cholo barato”, el peseteo en las propuestas de incremento salarial, la enajenación de la participación en las utilidades a los trabajadores, la sobrevaluación de costos con las empresas vinculadas, etc., todo ello con el  fin de maximizar en lo posible las utilidades. Esto se llama la ley de la acumulación del capital, que está en el ADN del capitalista, el problema es cuando se utilizan métodos propios del siglo XVIII para un capitalismo del siglo XXI
Sirva de ejemplo, el caso  de la transnacional mexicana Arca Continental-Lindley que tiene como accionista mayoritario a la empresa estadounidense Coca-Cola, una empresa de dimensión mundial. La embotelladora mexicana prácticamente tiene la exclusividad en la fabricación y distribución de la Coca-Cola en México, Ecuador, norte de Argentina, Suroeste de los Estados Unidos y en nuestro país opera desde fines del 2015, con creciente éxito.
Así, desde setiembre del 2015 con la compra/venta de la mayoría accionaria más del 61 % de la Corporación Lindley, tuvo que pagar casi 972 millones de dólares en los cuales se incorpora un monto de 150 millones de dólares por el compromiso de no competencia, el cual no fue debidamente informado a la Superintendencia del Mercado de Valores de Lima. Por este hecho no declarado la Corporación Lindley fue sancionada con la multa de 200 UIT, la misma que fue pagada sin reclamos reconociendo la “falta grave” cometida 
Arca Continental adquirió no solamente a la empresa más importante del país en el mercado de gaseosas y bebidas no alcohólicas, controlando el 67 % del mercado en el Perú, sino también asumió los activos intangibles, el prestigio, la marca, que se ha formado con la tradición como lo es la Inca Kola. ¡Después de todo que peruano no ha tomado la bebida de sabor nacional con su pollito a la brasa!

AGUA Y ENERGÍA A PRECIOS DE GANGA

Estas prácticas no transparentes es un mecanismo generalizado y utilizado con la finalidad de maximizar utilidades y minimizar los costos salariales. Así, también reducen al máximo el costo del agua y de la energía, los cuales no constituyen ni el 2 % de los costos de venta.
Sí, Arca Continental-Lindley y la transnacional Coca-Cola incluida pagan la fabulosa e increíble suma de catorce céntimos de sol por cada mil litros de agua, cuando un sufrido consumidor promedio abona más de tres soles por el mismo volumen de agua. Es más, los pobladores urbanos marginales tienen que pagar más de quince soles por cada mil litros de agua, lo cual constituye una aberrante desigualdad.
Sin embargo a pesar de estos privilegios que tiene Arca Continental-Lindley en razón del uso del agua extraída de los pozos de su propiedad, asume una serie de mecanismos para incrementar los costos y gastos en sus relaciones con sus empresas vinculadas, pues la transnacional gringa Coca-Cola opera prácticamente en todo el mundo.

COMPRA/VENTA GRACIOSA DE INMUEBLES

En parte curados por el susto de la multa impuesta por no declarar hechos de importancia como el percibir US $ 150 millones de dólares por el compromiso de no hacer la competencia a los mexicanos en el mercado de bebidas y gaseosas, el gerente general de la Corporación Lindley informa con carta del 26 de abril de 2016 a la Superintendencia del Mercado de Valores que:
“ 1.-  Mediante comunicación de Hechos de Importancia de fecha 10 de febrero de 2016 pusimos en su conocimiento el acuerdo adoptado mediante sesión de directorio de la misma fecha… en relación con la venta de un paquete de inmuebles considerados no estratégicos por medio de un Concurso de inversión inmobiliario a cargo de la empresa Colliers International. De igual forma, con fecha 8 de marzo pasado, informamos a su Despacho del inicio del indicado proceso, según las bases aprobadas, que consideraba la presentación de ofertas hasta el día 22 de abril corriente (………..)
3.- “ Estando vigente la oferta vinculante presentada por la empresa GREAT Real Estate con fecha 10 de setiembre, la sociedad (Corporación Lindley) continuará con el proceso de venta de los inmuebles remanentes considerados en la indicada oferta, en cumplimiento del acuerdo que adoptara el Directorio en su sesión de fecha 29 de setiembre de 2015”

Estos documentos son públicos y cualquier ciudadano puede acceder a ellos. Sin embargo nos debería llamar la atención no la ilegalidad de la compra/venta de inmuebles considerados no estratégicos para la Corporación Lindley, pues se trata de un proceso legal donde dos empresas jurídicas distintas concertan, se ponen de acuerdo mediante un contrato en el precio pactado por la compra/venta de los inmuebles.
El problema y lo que debiera llamar la atención es que el titular, el “más más” de ambas empresas, el “papi riqui” de GREAT Real Estate es el mismo presidente del directorio de la Corporación Lindley, es  Jhonny Lindley Suárez ¡Es decir todo queda en familia!
Con la información disponible hemos elaborado una gráfica donde se puede observar las “Empresas Inmobiliarias Pertenecientes a Jhonny Lindley Suárez” a diciembre del 2016 donde resulta evidente que es el titular del 99.9 % de la empresa inmobiliaria, teniendo como  socio minoritario a Emilio Rodríguez Larraín vinculado por matrimonio al decano de la prensa nacional El Comercio.
Como es posible leer la empresa GREAT Estate Real tiene una serie de bienes inmuebles ubicados en la capital y diversas ciudades del país tales como Callao, Trujillo, Arequipa, Tacna, Ica y todos estos activos llevan el prefijo de  Gre.
Por último, con fecha 24 de junio del 2016 en comunicación a la Superintendencia del Mercado de Valores-SMV se indica las operaciones realizadas indicando la partida registral del inmueble, la oficina registral y la empresa adquiriente que como lo reconoce el oficio correspondiente en el numeral :”1) Estando vigente la oferta vinculante presentada por la empresa vinculada a la familia Lindley, GREAT Real Estate (la Oferta GREAT) con fecha 10 de setiembre de 2015, la sociedad (Corporación Lindley) ha continuada con el proceso de venta de los inmuebles remanentes….”
Si bien es verdad estas prácticas empresariales tienen una lógica, no deja de llamar la atención los altos costos asumidos en la transacción que serían sobre todo los pagos a la empresa intermediaria Colliers International responsable de llevar a cabo la subasta inmobiliaria. Con los estados financieros disponibles a 2016 solamente el costo por vender 13 de los 18 inmuebles ha significado 116 millones de soles, un aproximado de US $ 35 millones de dólares, un monto que representa el 34 por ciento de los ingresos por la venta cuando un corredor normal no cobraría más del cinco por ciento de los ingresos. Pero como suscribe Don Quijote de la Mancha ¡Cosa veredes en la vida Sancho!
El último cuadro es un resumen de los ingresos y los costos obtenidos por la venta de trece inmuebles no considerados no estratégicos según los estados financieros al 2016. Se indica que los ingresos por la venta de dichos inmuebles significaron la suma de 343 millones de soles y el costo por vender dichos activos representó la suma de 116 millones de soles, quedando una utilidad o excedente para la Corporación de S/ 226 millones de soles.
Según la información disponible en los estados financieros para el 2016 en la página 11 nota 9 (b) dichos valores aparecen en la cuenta de “otros ingresos y otros gastos”, y la utilidad de S/ 226 millones de soles obtenida no se podrá repetir pues los mismos inmuebles no pueden venderse dos veces.
Con dicho argumento la empresa interesadamente argumenta que en la presente negociación colectiva del 2017 no estaría en condiciones de aumentar los salarios con justicia e equidad,  a pesar del aumento de los ingresos, utilidades operativas y netas al primer semestre del año en curso.
En verdad, estos constituyen parte de los diversos mecanismos que emplean las empresas transnacionales para maximizar las utilidades y minimizar el abono de impuestos más la enajenación de riqueza creada por el trabajo a sus asalariados, y se constituyen en una fuente renovada de conflictos.
Estas prácticas en las relaciones económicas entre empresas vinculadas con precios de transferencia como la compra/venta de inmuebles, sobrecostos en la compra de insumos y aditivos, pagos ridículos del agua entre otros, en parte explica los menores ingresos fiscales que obtiene el estado, y también las miserias salariales que se ofrecen a los trabajadores.


También publicado en Diario Uno (23 de Septiembre del 2017)

http://diariouno.pe/columna/las-malas-practicas-empresariales/


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