También hay que lamentar que no se haya procedido a la reprogramación desde el momento en que se presentaron los saldos negativos. Se han perdido dos años de mayores ingresos fiscales.
El 26 de setiembre de 1994
se publicó el DS-126-94-EF, que reglamenta el Art. 34 de la Ley de IGV. Este DS
explica por qué han sido tan grandes las devoluciones del IGV a las empresas
exportadoras en los últimos años.
Estas devoluciones, sumadas
a la caída de los precios de las materias primas y a los errores en las
políticas económicas del gobierno de Ollanta Humala y de PPK, explican en gran
medida esa caída de la recaudación fiscal del gobierno general, que ha pasado
de 22 a 18% del PBI desde el 2013 al 2017.
Como dice Cooperacción: del
2012 a 2017 la SUNAT devolvió IGV por S/. 72,319 millones de soles, la misma
que creció en los últimos años: el 44% del total se devolvió en el 2016 y 2017.
La devolución del IGV al sector minero ha sido la más alta con S/. 21,640
millones del 2012 al 2017 (www.cooperaccion.org.pe).
Estas devoluciones se
aplican bajo el lema: “no se exportan impuestos”. La premisa básica es que si
se venden los productos con el IGV incluido, el producto exportado se encarece
y pierde competitividad frente a los productos de otros países que sí devuelven
el IGV. Por tanto, la premisa es
coherente.
No lo es que los montos
devueltos a los exportadores, principalmente los mineros, sean superiores a los
impuestos pagados, de tal manera que el aporte tributario se vuelve negativo.
Así, en el 2016, las devoluciones (5,889) fueron superiores a los aportes
(4,307) en S/. 1,582 millones.
Esta es una de las causas de
la caída en la recaudación. Y esto preocupa al gobierno, que ahora busca
reducir el gasto corriente y las exoneraciones tributarias para lograr mayores
ingresos. Si esto es así, debería también atacar el tema de las devoluciones.
¿Por qué son tan altas en el
Perú? Aquí volvemos al DS-126-94 que, en su Artículo 4 dice que la compensación
o devolución tiene como límite un porcentaje equivalente al 18% del IGV
realizado en el periodo. Más adelante, el DS 126 precisa que la devolución
ocurrirá en un plazo que puede ser entre 24 a 48 horas de realizado el pedido
de devolución por parte del exportador.
Sobre la base de este marco
jurídico las empresas pagan IGV cuando adquieren bienes y servicios, lo que el
fisco les devuelve una vez exportado el producto (o el mineral). Estos montos
tienden a ser más o menos “normales” y no son muy altos.
En el caso de la minería, la
cosa cambia cuando se pone en marcha una mina nueva, como Las Bambas, para
citar a la más grande: su construcción duró 10 años y la inversión fue US$
10,000 millones. Allí hay que pagar IGV para los bienes y servicios adquiridos:
construcción del tajo, materiales, edificios, carreteras, viviendas y servicios
diversos. El IGV se va acumulando hasta que mina está lista para comenzar a
producir. Allí, el exportador le dice a la SUNAT: ?Devuélvame el IGV que he
pagado”.
Si agregamos otros proyectos
de los últimos años como la Ampliación de Cerro Verde, Constancia y Toromocho,
a los que se suman la ampliación de Antamina y Toquepala, entonces las
devoluciones crecen fuerte.
¿Qué puede hacer el gobierno?
Varias cosas. En primer lugar, debe saber que ya no estamos en 1993 o 1994,
cuando había urgencia de “atraer la inversión extranjera otorgándole
incentivos”.
En segundo lugar, el
gobierno puede recalendarizar, diferir o reprogramar el pago de las devoluciones
estableciendo que no puede haber saldos fiscales negativos. El refuerzo de este
planteamiento viene porque hay una situación excepcional provocada por el
desastre natural del Niño Costero y que el gobierno debe cumplir con la
reconstrucción del país. Esta reprogramación puede significar un alivio
inmediato de varios miles de millones de soles.
En tercer lugar, el gobierno
lo puede hacer con la expedición de un Decreto Supremo que modifique el DS 126
94. Por tanto, su entrada en aplicación es inmediata.
Para terminar, es lamentable
que no contemos con un análisis detallado de las partidas que estructuran el
total de devoluciones –de todos los sectores, incluido el minero- para saber su
composición (hay quienes piensan que las devoluciones pueden estar “infladas”).
Este gobierno debe promover la transparencia y hacer pública la composición de
los montos devueltos.
También hay que lamentar que
no se haya procedido a la reprogramación desde el momento en que se presentaron
los saldos negativos. Se han perdido dos años de mayores ingresos fiscales. Esa
característica de privilegio al sector empresarial debiera ser abandonada por
el Presidente Vizcarra. No perdamos más tiempo.
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