CON
1,395 MILLONES DE NUEVOS SOLES MENOS POR CANON
ESCRIBE:
JORGE MANCO ZACONETTI (Investigador UNMSM)
En un artículo del
mes de marzo pasado escribía sobre la disminución del impuesto a la renta
recaudado por el Estado correspondiente al ejercicio 2012 en relación al 2011 a
partir de la riqueza generada por las empresas mineras. Con el nuevo marco
tributario minero amigable aplicado a partir del último trimestre del 2011 era
previsible que la distribución del canon minero para el período junio 2013 a
mayo 2014 tuviese una drástica reducción, como se pueden observar en los
cuadros respectivos.
El gobierno interesadamente
y tardíamente publicó la distribución del canon minero entre los gobiernos
locales y regionales más la cuenta de las universidades nacionales (supuestamente
el 5 por ciento) ahora separadas de los gobiernos regionales como una responsabilidad
del gobierno nacional, según la publicación oficial de Transparencia Económica
del MEF en vísperas del 28 de Julio.
Es más, la
problemática del canon minero fue un tema obviado en el último discurso
presidencial reafirmando la necesidad pública de los proyectos mineros sin
consulta previa, supuestamente para mantener el crecimiento económico con
inclusión social. Por ello, es más que retórica la supuesta industrialización
de las materias primas que se están exportando en un modelo que impone un
crecimiento empobrecedor, altamente vulnerable de la demanda externa y los
vaivenes de los precios internacionales.
Con la proximidad de
las fiestas patrias, más los escándalos de la repartija de los cargos al
Tribunal Constitucional, Defensoría del Pueblo y Banco Central de Reserva en un
decadente Congreso de la República, decisiones que fueron repudiados por las
fuerzas populares y democráticas con una presencia masiva de jóvenes
universitarios, abriendo un nuevo ciclo político de oposición y rechazo a la
política económica del presente gobierno que se puede sintetizar en: “Más de lo
mismo”.
En razón de ello la
problemática del canon minero, renta derivada de la mayor importancia para las
regiones mineras pasaba a un segundo plano. Pero como “no se puede desvestir a
un santo para vestir a otro” se tenía que publicar la información, y los
alcaldes de la provincia cuzqueña de Espinar fueron los primeros en pedir
explicaciones en el ministerio de Energía y Minas, sin resultados
satisfactorios.
Por tanto será
nuestra preocupación repensar y analizar lo que pasará en las próximas semanas
con las regiones y gobiernos locales que dependen en grado sumo para las
inversiones públicas de dichas transferencias que al experimentar
significativas reducciones como es el caso del Cusco (90 por ciento), Ayacucho
(80 por ciento), Arequipa (41 por ciento), Pasco (52 por ciento), Huancavelica
(46 por ciento), Ica (44 por ciento), Junín (40 por ciento) entre otros
departamentos, que exigirán no solamente explicaciones sino también fórmulas
compensatorias.
¿POR QUÉ DISMINUYEN LOS MONTOS TOTALES DEL CANON?
Desde nuestro punto
de vista la problemática del canon minero, y las posibles alternativas que se
pueden presentar en un horizonte cada vez más conflictivo, debieran determinar
una negociación estratégica entre los gobiernos locales, regionales, el Estado
y las empresas mineras.
Si bien la
determinación del canon minero definido como el 50 por ciento del impuesto a la
renta por las empresas mineras pudiera
tener imperfecciones, discriminando a las regiones mineras frente a los
departamentos que no tienen actividad minera, con el agravante de la existencia
de montos significativos depositados en las cuentas de los gobiernos locales y
regionales sin ejecutar, sumadas a cuestionables decisiones de gasto con
niveles de corrupción en algunos gobiernos, no se justificaría esta afectación
en la determinación y distribución del canon minero.
Si bien la normativa
todavía vigente del canon minero determina que el 10 por ciento le corresponde
al distrito donde opera la unidad minera, el 25 por ciento para la provincia
donde operan las unidades mineras y el 25 por ciento para los gobiernos
regionales incluyendo el 5 por ciento para las universidades públicas,
asumiendo la distribución del 40 por ciento restante entre todos los gobiernos
locales (provinciales y locales) del departamento asumiendo unos índices de distribución en
función a la población y los niveles de pobreza
Así, al margen del
interesado optimismo del primer mandatario sobre el supuesto blindaje de la
economía peruana ante el agravamiento de la crisis internacional, lo cierto y
evidente, es que el canon seguirá disminuyendo para las regiones mineras, por
los menores ingresos y utilidades operativas que obtendrán las empresas, igualmente
se reducirá por los diversos mecanismos que existen para cargar a los costos de
venta una serie de gastos deducibles, y los beneficios tributarios que gozan
las empresas mineras (reinversión de utilidades, depreciación acelerada, amortización
de intangibles, arrastre de pérdidas, falsos costos, crédito tributario por el
IGV pagado en las compras de bienes y servicios para las actividades de
exportación etc.)
Por ello, a los
menores ingresos que obtendrán las empresas mineras en el 2013 en relación al
2012 tanto por la relativa caída de los precios del oro, plata y en menor
medida del cobre, se debiera agregar la determinación de gasto deducible a la
nueva regalía, el impuesto especial a la minería y sobre todo “el gravamen
especial” para las empresas mineras con contrato estabilidad jurídica y
tributaria, como las causas fundamentales que al reducir la utilidad imponible
disminuyen los ingresos de los trabajadores mineros en la “participación de
utilidades” (8 por ciento de la utilidad imponible) y lo más importante se
afecta la recaudación fiscal por una menor cuantía del impuesto a la renta (30
por ciento de la utilidad imponible)
UN AMIGABLE GRAVAMEN
Si bien en el 2012 lo
recaudado por el fisco por concepto del “gravamen especial a la minería”
constituía el rubro más importante con 942 millones de nuevos soles monto
abonado por el llamado “cogollo minero” entre las cuales se ubican Mra.
Antamina, Mra. Cerro Verde, Mra. Tintaya, Mra. Barrick Misquichilca entre las
más significativas. En función del nuevo marco tributario minero los montos
abonados por concepto de gravamen tienen el carácter de gasto deducible de la
utilidad imponible.
Es decir, las
empresas asumieron trimestralmente los abonos del gravamen especial a la
minería durante el 2012 y en la regularización y declaración final del impuesto
a la renta del ejercicio fines de marzo del 2013, en sus estados financieros
auditados y declaración anual ante la SUNAT deducen los abonos de la utilidad
imponible disminuyendo la participación de los trabajadores mineros en la
distribución de las utilidades y sobre todo recortando el impuesto a la renta que
constituye la base del canon minero.
En este contexto se
manifiesta una concentración de la riqueza minera a favor del Ministerio de
Economía y Finanzas (MEF) pues los montos del gravamen especial minero son
ejecutados con discrecionalidad, dependen directamente del todopoderoso
ministro de economía Dr. Luis Castilla, supuestamente para priorizar las
inversiones públicas en aquellas regiones que no tienen los beneficios de la
actividad minera ni gozan de las transferencias del canon minero.
A diferencia del
gravamen especial, las nuevas regalías mineras como el impuesto especial a la
minería tienen una distribución reconocida que beneficia con el 20 por ciento
de las regalías al distrito y provincia donde opera la unidad minera más un 20
por ciento para el gobierno regional incluida la universidad pública (5 por
ciento), distribuyendo los montos restantes (40 por ciento) entre los gobiernos
locales del departamento según las necesidades básicas insatisfechas (NBI)
Así, las nuevas
regalías y el impuesto especial a la minería que al igual que el gravamen se
fijan como una participación sobre la tasa de utilidad operativa de las
empresas mineras que no tienen contrato de estabilidad jurídica y tributaria
vigente firmados con el estado (SPCC, Shougang, Milpo, Mra. Volcan, Minsur, etc.)
Las nuevas regalías sumaron
los 572 millones de nuevos soles recaudados en el 2012 y 442 millones el
impuesto especial a la minería. Todas estas categorías tributarias son
deducibles de la utilidad imponible, lo que determina una disminución absoluta
de 1,395 millones de nuevos soles del canon minero en relación al período
anterior (2012) tal como se puede apreciar respectivo.
Así, el canon minero
distribuido en el 2012 correspondiente al ejercicio fiscal del 2011 fue
superior a los 5,201 millones de nuevos soles, y el canon recientemente
distribuido para el período julio 2013 a junio 2014 suma los 3,806 millones de
nuevos soles, lo que significa una disminución relativa del 37 por ciento, que
afecta gravemente a los gobiernos regionales y locales de los departamentos
arriba citados, tal como se puede observar en el cuadro “Distribución del Canon
Minero según gobierno local, gobierno regional y gobierno nacional
(universidades)
Si bien en el
artículo anterior “La Realidad del Nuevo
Marco Tributario Minero”, terminaba
con este párrafo que adquiere particular vigencia pues en el futuro esta
realidad se reproducirá en extensión y profundidad para los gobiernos locales,
y regionales más universidades públicas en los próximos años.
Así escribía :“Esta realidad se agravará con el término de
la bonanza de los precios de los metales a nivel internacional, el menor
crecimiento de la economía China, la postergación de los nuevos proyectos
mineros y los mayores conflictos sociales que se avecinan ante los menores
montos del canon minero por distribuir. En resumen, se repetirían los ciclos
económicos de la historia económica en el Perú, que se reducen como diría Jorge
Basadre en la frase, el “país de las oportunidades perdidas”
Lo paradójico sobre
esta concentración de la riqueza a manos del Estado central ocurre en un
gobierno supuestamente nacionalista que apostó por la descentralización fiscal,
las políticas de inclusión social y una sustantiva revisión del modelo de
acumulación primario exportador de crecimiento minero.
Por ello, si en algunos
departamentos el canon minero se mantiene como sería el caso de Cajamarca a
pesar de la menor producción aurífera de Mra. Yanacocha, o incluso aumenta como
sería el caso Ancash, y La Libertad sus autoridades locales y regionales
debieran tener la certeza que la realidad será muy distinta por los menores
ingresos y utilidades operativas que las empresas mineras obtendrán en el
ejercicio fiscal 2013, tal como ha quedado demostrado con la información
disponible al primer semestre.
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