Hace un poco menos de tres meses, a finales del mes de marzo de este año, publiqué un artículo donde analizaba los posibles efectos futuros de las regalías mineras y del canon minero a partir de los llamados nuevos impuestos en la minería, gravamen, la llamada nuevas regalía, aportes, etc.; lo cierto es que la distribución global del canon minero para el 2013 a nivel global, tanto para los gobiernos locales, gobiernos regionales, más las universidades, han disminuido en 37% en comparación a la distribución del año 2012 (incluido intereses y ajustes), tal como aparece la información en el portal de transparencia del MEF.
Es decir este año 2013 se van a distribuir S/. 1,395 millones menos que el año 2012, lo que demuestra en gran medida que el llamado nuevo gravamen a la minería y otras aportaciones de la empresa son un farsa en razón que son deducibles de la renta imponible.
Aquí reproduzco aquel artículo en su integridad con un gráfico que respalda el análisis.
LA FARSA
DEL GRAVAMEN Y LAS REGALÍAS MINERAS
ESCRIBE: JORGE MANCO ZACONETTI (Investigador UNMSM y
Consultor)
A
diferencia del sector de hidrocarburos donde el canon y sobrecanon de petróleo
y gas se define como una participación aplicada al valor de la producción (18.75%)
descontando los costos de transporte y distribución en el punto de
fiscalización donde se valoriza el petróleo y gas; en dicho punto se aplican
las tasas de regalías contractuales que en promedio están en una tasa de 28%; estas
regalías financian en gran parte el canon conjuntamente con la cadena de valor
generada por la producción de hidrocarburos (impuesto a la renta, aranceles
etc.)
En cambio
en el sector minero, sin duda el más importante del país, el canon es
dependiente del impuesto a la renta que abona la empresa minera, y las nuevas
regalías vigentes a partir de octubre del 2011, más el impuesto extraordinario
como el llamado gravamen minero que
afecta solamente a las empresas mineras con contrato de estabilidad jurídica y
tributaria, se aplican ahora sobre la utilidad operativa.
Hasta
setiembre del 2011, las viejas regalías se fijaban sobre el valor de los
concentrados y/o su equivalente hasta un 3% del valor de producción de los
mismos desde junio del 2004. El nuevo marco tributario minero “más amigable”
establecido por el nuevo gobierno con el sector minero cambia la base para la
determinación de las regalías, fijándola en la utilidad operativa. Por
definición contable la utilidad operativa está sujeta a una serie de
deducciones conformantes del costo de ventas, y las deducciones de los gastos
de venta y administrativos, como las depreciaciones, amortizaciones, pago por
servicios de terceros, variación de inventarios, remuneraciones y beneficios.
Este
cambio en la determinación de las regalías y la vigencia del impuesto
extraordinario más el gravamen minero han sido creación del gobierno
nacionalista y están afectando la recaudación de los ingresos fiscales, tales
como regalías, el impuesto a la renta, y al disminuir la base de la utilidad
imponible están perjudicando las transferencias del canon minero y en
especialmente la participación de los trabajadores mineros en las utilidades, y
los remanentes de las utilidades transferidos a los gobiernos regionales para
inversiones de infraestructura (Ancash, Arequipa, Tacna, Moquegua)
MENORES REGALÍAS
Solamente
en relación a las regalías mineras las transferencias a los gobiernos locales,
regionales y universidades públicas en el 2011 en relación al 2012 han
disminuido de 883 millones de nuevos soles a 547 millones de nuevos soles. Es
decir, las regiones mineras están percibiendo 336 millones de nuevos soles
menos solamente por este concepto en relación al 2011. Esto representa una
disminución del 38 por ciento en las transferencias por las llamadas regalías
mineras.
Las
regiones mineras más afectadas por el cambio en la determinación de las
regalías en el 2012 en relación al 2011 han sido Junín con 46 millones de
nuevos soles menos que resultan equivalentes a una variación negativa del 73
por ciento, Pasco con 52 millones de nuevos soles por regalías, es decir 65 por
ciento menores en relación al año anterior, Tacna con una disminución de 63
millones que representa una variación del 54 por ciento, Arequipa con una
transferencia menor de 29 millones que representan el 44 por ciento menos en
relación al año de referencia, las provincias de Lima con 42 millones menos que
representan una disminución del 58 por ciento. Ello se puede observar en el
cuadro “Perú: Total Transferencias de Regalías Mineras 2008 - 2012”.
Si bien
los responsables del Ministerio de Economía y Finanzas y del Ministerio de
Energía y Minas, podrán argumentar que se están percibiendo mayores ingresos
por concepto del “impuesto extraordinario” y por el gravamen minero, no se
debiera obviar que tributariamente dichos abonos están definidos como gastos y
por tanto deducibles para efectos del pago del impuesto a la renta. Es decir,
por un lado se abona pero por el otro lado se descarga, y en última instancia
el fisco se afecta.
Este
gobierno no solamente mantiene los beneficios tributarios contenidos en la ley
de la Ley de Promoción de Inversiones en el Sector Minero. DL 708 del 14/11/1991 y otros
beneficios, sino que está promoviendo nuevos contratos de estabilidad jurídica
y tributaria como el de la Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. por 15 años a
partir del 2014 hasta el 2029.
UN MENOR IMPUESTO QUE AFECTA EL CANON
Se debe
recordar que durante el segundo gobierno del doctor Alan García, que dicho sea
de paso no tuvo el atrevimiento de cambiar sustantivamente la determinación de
las regalías mineras aplicadas sobre el valor de la producción, se apostó por
una negociación “entre bambalinas” con el “cogollo minero”, representadas por
las empresas Mra. Yanacocha, Mra. Antamina, Mra. Cerro Verde, Mra. Barrick
Misquichilca, Mra. SPCC, llegando al compromiso del “aporte de solidaridad con el pueblo peruano”
que debió ser incrementado por este gobierno pero no dejado de lado en el peor
de los escenarios, ante los altos precios de los minerales, las ganancias
extraordinarias, y la experiencia acumulada en la aplicación del fondo regional
y local.
El aporte
minero del doctor Alan García conocido como “óbolo minero” fue un compromiso
asumido con las empresas mineras por un monto de 2,500 millones de nuevos soles
en cinco años (2005/2011) distribuidos en 500 millones por año, que no se han
obtenido en su integridad, en un acuerdo arribado en especial con las empresas
con contratos de estabilidad teniendo como base para el aporte la tasa del
3.75% de la utilidad neta, y con las empresas mineras sin contrato de
estabilidad (SPCC) que sí pagaban las viejas regalías, la base de cálculo era
del 1.75% de la utilidad neta.
En el
mismo sentido, en la medida que se terminaba el período de vigencia de los
contratos de estabilidad jurídica, tributaria y administrativa entre el 2012
/2017 (en especial de Mra. Cerro Verde, Mra. Antamina, Mra. Tintaya, Mra.
Yanacocha, Mra. Barrick Misquichilca (Pierina) etc) estas mineras estaban
obligadas al abono de las viejas regalías. Sin embargo, ello no sucedió gracias
al “acuerdo amigable con el cogollo minero”, del acuerdo del gobierno del
Comandante Humala con la Sociedad Nacional de Minería.
Este llamado “aporte de solidaridad con el
pueblo peruano” constituyó la salida política del alanismo que sustituyó al
llamado “impuesto extraordinario a las ganancias extraordinarias”, propuesta redistributiva
que constituyó una bandera electoral en las campañas del 2006 y del 2011 del
Comandante Ollanta Humala, para incrementar los ingresos del fisco en su lucha
contra la pobreza y enfrentar los conflictos sociales.
Sin
embargo, las nuevas regalías mineras, el impuesto extraordinario y el gravamen
minero resultan un retroceso frente a la “vieja regalía” minera y al llamado
óbolo minero de A. García, pues los montos recaudados por dichos conceptos
“efectivamente pagados son deducibles como gasto para efecto del impuesto a la
renta” Si a ello se agrega que también son deducibles las inversiones en obras
de infraestructura que tengan el carácter de servicio público, como es el caso
de las inversiones de la Soc. Mra. Cerro Verde por un valor de 92 millones de
dólares por las inversiones en la planta de abastecimiento de agua potable en
la ciudad de Arequipa, que en última instancia se financian con los menores
impuestos pagados.
Es decir,
al ser deducibles la nueva regalía, el impuesto extraordinario y el gravamen
minero se reduce la base de la utilidad imponible afectando la caja fiscal pues
se perciben menores ingresos por impuesto a la renta y de pasada el canon
minero resulta disminuido, como también la participación de los trabajadores en
las utilidades.
En este punto se
debiera reconocer la incoherencia en el tiempo de la plataforma de “Gana Perú” con
su propuesta de la “gran transformación” y de la “hoja de ruta” con el nuevo
marco tributario minero que en la realidad constituyen decisiones fallidas respecto
a la necesidad de incrementar la participación del Estado en la riqueza minera.
Por ello, podemos afirmar que la nueva regalía, el impuesto extraordinario y el
gravamen minero constituyen una gran farsa.
1 comentario:
He leído y visto las apreciaciones del Dr. Manco Zaconetti y las avalo totalmente. Ha realizado un análisis concienzudo y pormenorizado de la realidad por la que atraviesa en el sector minero y de quienes "realmente se han transformado" con las leyes aprobadas en Setiembre del 2011 y que son un vil atentado contra la integridad del Perú. La ahora llamada "época de las vacas flacas" es producto de un pésimo manejo económico que en ningún momento se ha preocupado por el futuro del Perú.
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